Por: Hipólito Girón Reyes
.- En las distintas olas de reforma al sistema de justicia, el alguacil no fue tomado en cuenta; por lo que urge, la creación de una norma para adecuar su accionar a las exigencias de hoy.
Para el año 1847, los datos encontrados presentan nóminas de los alguaciles, ya para el 1866, se registran en la ley 821 de la época, mientras que para el 21 de noviembre de 1927 la ley los mantiene hasta hoy.
Entre los años 1847 hasta el 1857 transcurrieron 10 años, del año 1857 hasta el año 1866 transcurrieron 9 años, del 1866 al 1927 pasaron 61; mientras que de 1927 al 2019 se registran 92; lo que evidencia que debemos producir una ley, como la que proponemos a los fines de cumplimiento a los requerimientos actuales.
La Asociación Dominicana de Alguaciles, Inc. (ADA), fue creada por un grupo de alguaciles encabezados por el ministerial Ernesto Arturo Graciano Reyes, en fecha 12 de septiembre del 1985 y el Poder Ejecutivo mediante el decreto No. 1252-86-475 numeral 20 de fecha 12 de diciembre 12 de 1986 concede el beneficio de la incorporación. En cumplimiento a lo ordenado, los días 19 y 20 del mes de agosto del año 2008 en el periódico «El Nuevo Diario» fue realizada la publicación que establecia el artículo 2 del decreto que dio a la ADA la incorporación, el cual está contemplado en la Gaceta Oficial 9700, página 2740 de fecha 15 de diciembre del año 1986.
Somos una organización que tiene un carácter privado, social, educativo y apolítico, según los criterios de sus fundadores.
El logo de la institución es un símbolo cuadrado en representación de los cuatro puntos cardinales que conforman la nación, de color azul que representa la historia y fortaleza de la entidad, con una balanza en el centro en forma de jota, representado la justicia, ante ella todos somos iguales, encima la palabra ADA, Asociación Dominicana de Alguaciles, Inc., pues es una institución creada conforme a las leyes, debajo las palabras unidad, justicia y trabajo, todas unidas a favor de una justicia ágil y eficiente para todos. Este logo identificara a la Institución y será adoptado como sello.
Como misión: Contribuir con el cumplimiento efectivo de las funciones de los ministeriales, constituyendo una institución de prestigio y credibilidad, colocándonos en un plano de actualización y capacitación conforme a las normativas establecidas en nuestra legislación. Además de nuestra visión, la cual es: Brindar un servicio de calidad e incentivar el cumplimiento cabal de las responsabilidades del ejercicio, basados en las normas de ética ministerial. Nuestros Valores Institucionales son: Lealtad, honestidad, solidaridad, integridad, responsabilidad, puntualidad, disciplina, credibilidad, discrecionalidad y vocación de servicio.
Desde sus inicios, la ADA viene realizando aportes sobre aspectos de la justicia que atañen al quehacer judicial, en los que interviene el alguacil. A continuación presentamos algunos:
—Implementación de los centros de citaciones.
—Carnetizacion de alguaciles.
En 1998 -Vestimenta en el ejercicio.
En 2000 -Que debe estar al día al momento de hacer alguna solicitud.
La implementación del Código de Ética del Ministerial.
En 2003 -Jurisdicción de las dos provincias.
En 2006 -Proyecto opinión pública.
En 2007 -Necesidad del día del Ministerial.
En 2008 -Presencia en las redes.
En 2010 -Solicitud de calle Paseo de los Alguaciles y mejores condiciones para los Ministeriales.
En 2011 -Proyectar su labor.
En 2014 -Pago electrónico y piden respaldo al sistema de Justicia.
-Cambio de la imagen Institucional de la ADA.
En 2015 -Posición de la ley 140-15 y propuesta de la Ley del Alguacil.
En 2016 -Socialización.
El Acta 43-2016 de fecha 23 de Noviembre del año 2016 el CPJ Decidió :» Que las notificaciones de cualquier jurisdicción puede hacerse dentro de su competencia territorial…»
En 2018 – mediante Acta No. 13-2018, de fecha 4 de abril del año 2018 el Consejo del Poder Judicial aprobó la modificación de los parámetros establecidos por la Dirección de Políticas Públicas, en lo concerniente al estándar de formato para la redacción de las decisiones emitidas por los tribunales de la República, también llamados «Modelos de Sentencia y Resoluciones». Para que en lo adelante se incluya el nombre del Alguacil en las decisiones jurisdiccionales. Además, El 20 de noviembre del año 2018 los honorables diputad@s Jean Luis Rodríguez, Karen Ricardo, Rogelio Alfonso, Graciela Fermín, Gloria Reyes y José Laluz, sometieron la propuesta de la Ley del Alguacil, mientras que el 21 de noviembre, en la celebración de los 91 aniversario de la Ley 821 de Organización Judicial, la Dirección de la ADA, presentó las modificaciones a la propuesta original y el 5 de febrero del presente año fue introducido por la actual Dirección de la ADA la nueva propuesta de la Ley del Alguacil al Congreso Nacional, donde aspiramos que después de las ponderaciones sea convertida en Ley.
Los procesos de aprobación de las leyes se analizan luego de su aprobación, la Dirección de la ADA desarrolla un programa de visitas institucionales y un programa de Opinión Pública para dar a conocer la nueva propuesta de la #leydelalguacil a los fines de lograr una norma actualizada que genere credibilidad y confianza en el oficio ministerial. La necesidad de una norma es urgente, pues los basamentos en que está sustentado nuestro ministerio no se corresponden con la realidad actual.
El fin fundamental de un Estado, es lograr el bienestar social y sus órganos deben trabajar de manera continua en lograrlo. Cabe destacar que la propuesta viene a derogar el art. 51 Ley 140-15 devolviendo todas las funciones a los alguaciles, y permite el cumplimiento cabal con lo expresado en la Constitución en los art. 68, 69 y 149 númeral 1.
Es por eso que decimos que una actuación ministerial, ya no será una decisión unilateral, pues el Estado, por medio de sus órganos establecidos alguaciles permite darle cumplimiento a las decisiones jurisdiccionales y garantizar la credibilidad de los Oficiales Públicos en cada actuación. Todos los sectores de nuestra sociedad al conocer de la propuesta, estarán conformes, pues la iniciativa garantiza la seguridad jurídica y el apego a las normas, pues contempla un efectivo régimen de consecuencias que expulse las malas prácticas de las actuaciones en las que habrán de intervenir los alguaciles.
Por lo que la informalidad en la contratación, la improvisación y el accionar sin ningún apoyo del sistema de justicia serán cosas del pasado constituyendo el proyecto que hoy presentamos una garantía de la sociedad. Es bien sabido que con la aprobación de una gama de leyes que desde el año 1992, viene eliminando las facultades a los ministeriales, ejemplo las leyes 11-92 y 16-92 hasta el año 2015 con la Ley 140-15 que viene a colocar funciones a un auxiliar que no forma parte de la composición directa del órgano jurisdiccional, pues el Tribunal está integrado por el Juez, Secretario y el Alguacil, al cual acuden las partes, luego que el juez emite la sentencia, se desapodera y es potestad del Estado, actuando a través de la Suprema Corte de Justicia, quien dota a los alguaciles de las facilidades para que pueda ser realizada la sentencia luego de cumplido los plazos establecidos, y en cumplimiento del debido proceso.
Esta propuesta viene a erradicar las ejecuciones y embargos ilegales e irregulares, pues los actores tendrán que cumplir con los principios judiciales y apego a las normas que establecen consecuencias. Grandes retos conllevará nuestro oficio, por lo que presentamos soluciones concretas, que van desde la óptica de los diversos actores, hasta llegar al ciudadano que anhela una justicia rápida y eficiente; y al final será recompensado.
Esta propuesta es el resultado del esfuerzo de cientos de alguaciles, que por medio de la ADA, aportan una soluciones, a las diversas problemáticas que afectan nuestro ejercicio, lo que aportará fortalecimiento del sistema de justicia. Entre los beneficios que tiene la propuesta de la #leydelalguacil están:
-Creación de la carrera del alguacil.
-Protección al ejercicio.
-Estimulación del desarrollo integral.
-Creación de soporte institucional.
-Cobertura de gastos operacionales.
-Inclusión en la Seguridad Social.
-Proveer personal de apoyo y soporte.
-Sancionar las acciones negativas.
-Ordenar el otorgamiento de la Fuerza Publica
-Crea el escalafón ministerial, en base al mérito.
-Salario base de RD$50,000.
El financiamiento.
Este proyecto establece mecanismos para lograr cumplir con las obligaciones y en nada afecta los recursos que establece la ley 194-04, sino que establece los mecanismos para recaudación de los fondos lo que permite que el Sistema de Justicia adquiera más recursos para cumplir su rol institucional. El sostenimiento contempla 3 pilares:
1- Proceso de autorización.
2- Cobro de multas.
3- Cobro servicios.
Estos pilares garantizan la sostenibilidad de las estructuras que crea la propuesta y además, la no utilización de fondos del presupuesto asignado a la Suprema Corte de Justicia, la Dirección General de Impuestos Internos DGII y las entidades de la Seguridad Social tendrán utilidades. Respecto a la asignación de los trabajos, esta iniciativa organiza de manera geográfica los trabajos a los fines de asignarlos de manera equitativa, pues contará con personal designado para cumplir con los diversos requerimientos, evitando el contacto con los alguaciles pues la solicitud será institucional mediante los procedimientos y métodos que garanticen eficacia y eficiencia. Muchos alguaciles ordinarios, con 20, 25 o hasta 30 años de ejercicio, que realizan sus servicios en los Centro de Citaciones reciben una dispensa que consiste en no entregarles semanalmente la cuota de citas asignada, sin embargo esto no compensa sus gastos y necesidades del día a día, y el sistema en un sentido los aisla y pronto ya ni los recordaremos, pero gracias a esta iniciativa se le reconocerán sus méritos garantizándole al momento de su retiro, la seguridad para el disfrute de una pensión digna.
Esta iniciativa requiere que los cargos sean ocupados por alguaciles que reúnan los requisitos, lo que garantiza que el desarrollo de las funciones ministeriales, nunca será igual; pues proveemos avances al rol de la función que realizamos, a niveles jamás soñados para ser aplicada en el nuevo rol que será implementado.
Las reformas acumuladas al ejercicio ministerial no aguantan más, corresponde a la generación actual, aplicar las correcciones y detener la hemorragia que provoca la crisis del ejercicio curial. Hoy presentamos una alternativa: La propuesta de la #leydelalguacil es la cura.»
Es nuestro anhelo que este proyecto sea conocido por tod@s para juntos lograr lo deseado de manera participativa.
Concluyo con esta anécdota:
En una ocasión, el presidente de los Estados Unidos, Abraham Lincoln en pleno apogeo de la guerra de secesión visitado por varios ministros, le expresaron sus deseos de orar al Todopoderoso, para que el norte le ganara al sur. Advertido de tal propósito, les manifestó que no deseaba que se hiciese tal plegaria, pues Dios antes que todo, era padre y de seguro no podría inclinarse para favorecer a ninguno de los bandos, pero como el Todopoderoso es justo, si el norte deseaba vencer, debía mantenerse del lado de la justicia y bueno; el final es conocido…
Lincoln triunfó, sin apartarse de la justicia.
Sigamos firmes y constantes que con la ayuda de Dios primero lograremos la meta propuesta.