Distrito Nacional, RD.- La Junta Central Electoral (JCE) recordó que la acreditación de delegados de partidos, agrupaciones o movimientos políticos para las elecciones municipales es un procedimiento administrativo que se desarrolla en las Juntas Electorales.
«Para fines del mismo, todo partido político debe dirigir una instancia a cada Junta Electoral con los nombres, números de cédula y el cargo para el cual será designando, de conformidad con lo establecido en el artículo 150 de la Ley 15-19 Orgánica de Régimen Electoral», señalo en un breve comunicado.
El órgano de comicios hizo la aclaración en respuesta a la denuncia del delegado político del Partido Fuerza del Pueblo, Manuel Crespo, de la entidad se había negado a acreditar sus delegados.